Es el proceso mediante el cual los acreedores buscan recuperar sus créditos dentro de un procedimiento concursal, como la quiebra o el concurso preventivo de una empresa o persona. Se realiza bajo la supervisión de una autoridad judicial o administrativa, que determina el orden y la forma de pago conforme a la ley. Este proceso garantiza un trato equitativo entre los acreedores y busca la preservación del patrimonio del deudor. Su objetivo principal es lograr una distribución justa de los activos disponibles entre todos los acreedores.
Beneficios:
- Evita procesos judiciales largos y costosos
- Acelera la recuperación de deudas
- Reduce gastos operativos y legales
- Mejora las relaciones comerciales entre acreedor y deudor
Preguntas frecuentes
Respondemos tus preguntas frecuentes para que conozcas nuestros servicios con total claridad y confianza.
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¿Qué diferencia existe entre la cobranza concursal y la cobranza judicial ordinaria?
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La cobranza concursal se realiza dentro de un procedimiento colectivo supervisado por una autoridad, donde se reúnen todos los acreedores para cobrar de forma ordenada y equitativa. En cambio, la cobranza judicial ordinaria es individual y cada acreedor busca el pago de su deuda por separado.
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¿Qué pasos debe seguir un acreedor para presentar su crédito en un proceso concursal?
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El acreedor debe inscribir su crédito ante la autoridad concursal dentro del plazo establecido, presentando la documentación que respalde la deuda (contratos, facturas, comprobantes, etc.). Luego, el crédito es verificado y reconocido oficialmente antes de incluirse en el proceso de pago.
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¿Cómo se determina el orden de pago entre los distintos acreedores?
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El orden se establece según la prelación legal de créditos, que prioriza algunos tipos de deudas, como las laborales, fiscales o con garantía real. Después se pagan los créditos comunes o quirografarios, y finalmente los subordinados, si quedan fondos.
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¿Qué sucede con las deudas que no se logran cobrar durante el procedimiento concursal?
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Si los activos del deudor no alcanzan para cubrir todas las deudas, los créditos impagos se extinguen o quedan sin efecto, según la legislación aplicable. En algunos casos, el deudor puede obtener una liberación parcial o total de sus obligaciones tras el cierre del concurso.